La Ley N° 2485 autoriza al Poder Ejecutivo, a través del Servicio Nacional de Patrimonio del Estado (SENAPE), a transferir 1.174 m² de terreno y 832 m² construidos al Gobierno Municipal de El Alto, para la construcción de la Avenida de El Arquitecto, conforme a la Resolución Concejal N° 196/99 y un convenio notariado del 15 de abril de 2002. La vía tendrá un ancho constante de 12 metros y la transferencia se realiza en cumplimiento de la Constitución Política del Estado.
LEY N° 2485
LEY DE 7 DE JULIO DE 2003
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
ARTICULO UNICO.- De conformidad con la atribución conferida por el Artículo 59°, atribución 7ª. De la Constitución Política del Estado, se autoriza al Poder Ejecutivo, a través del Servicio Nacional de Patrimonio del Estado (SENAPE), transferir la superficie de 1.174 m2. de terreno y 832 m2 construidos, al Gobierno Municipal de El Alto, con destino a la construcción de la Avenida de El Arquitecto, ubicada frente a la Urbanización FERROPETROL, entre las manzanas 114-1 y 118-B, con un ancho vial de una constante en toda su extensión de 12 metros, en aplicación de la Resolución Concejal N° 196/99, del Concejo Municipal de El Alto y, el Convenio Notariado suscrito por ambas entidades, el 15 de abril de 2002.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, al primer día del mes de julio de dos mil tres años.
Fdo. Mirtha Quevedo Acalinovic, Maria Teresa Paz Prudencio, Enrique Urquidi Hodgkinson, Fernando Velasco Cuellar, Erick Reyes Villa Bacigalupi, Germán Choque Condori.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los siete días del mes de julio de dos mil tres años.
FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, José Guillermo Justiniano Sandoval, Javier Comboni Salinas, Moira Paz Estenssoro, Carlos Morales Landivar.