La Ley N° 2525, promulgada el 24 de octubre de 2003, declara de prioridad nacional la construcción y equipamiento del nuevo Hospital de Tercer Nivel de Quillacollo. Autoriza al Poder Ejecutivo a gestionar financiamiento para el proyecto y establece que la Honorable Municipalidad de Quillacollo debe realizar, en un plazo máximo de seis meses, los estudios de prefactibilidad, factibilidad y diseño final del hospital.
LEY N° 2525
LEY DE 24 DE OCTUBRE DE 2003
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
CONSTRUCCION Y EQUIPAMIENTO NUEVO
HOSPITAL DE QUILLACOLLO
ARTICULO 1°.- Declárase de prioridad nacional, el nuevo Hospital de Tercer Nivel de Quillacollo en la jurisdicción Capital de la Provincia.
ARTICULO 2°.- Autorízase al Poder Ejecutivo, la realización de gestiones para obtener el financiamiento para la construcción y equipamiento del Hospital Regional de tercer Nivel.
ARTICULO 3°.- La Honorable Municipalidad de Quillacollo, en un plazo no mayor de seis meses, deberá realizar los estudios de prefactibilidad, factibilidad y diseño final, del proyecto del nuevo Hospital de Quillacollo.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los dieciocho días del mes de septiembre de dos mil tres años.
Fdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Oscar Arrien Sandoval, Enrique Urquidi Hodgkinson, Marcelo Aramayo P., Roberto Fernández Orosco, Teodoro Valencia Espinoza.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticuatro días del mes de octubre de dos mil tres años.
FDO. CARLOS D. MESA GISBERT, José Antonio Galindo Neder, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Fernando S. Antezana Aranibar, Roberto Barbery Anaya.