La Ley N° 2526, promulgada el 24 de octubre de 2003, declara de prioridad regional la protección y conservación de la Laguna de Cotapachi y su área de taponamiento como patrimonio natural y ecológico del Municipio de Quillacollo, Cochabamba. Establece los límites naturales de la laguna y asigna al Gobierno Municipal de Quillacollo la responsabilidad de ejecutar y cumplir la ley, así como gestionar las demarcaciones y delimitaciones geográficas correspondientes.
LEY N° 2526
LEY DE 24 DE OCTUBRE DE 2003
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
ARTICULO 1°.- Declárase de prioridad regional, la protección y conservación de la Laguna de Cotapachi, así como su área de taponamiento como patrimonio natural y ecológico del Municipio de Quillacollo del Departamento de Cochabamba.
ARTICULO 2°.- Los límites naturales de la Laguna de Cotapachi son: al Norte con la Serranía del Calvario de Cotapachi, al Sud con la Serranía de Cotapachi, al este con el camino a ZOFRACO (Zona Franca de Cochabamba) y al Oeste con la Serranía de Caramarca.
ARTICULO 3°.- El Gobierno Municipal de Quillacollo, queda encargado de la ejecución y cumplimiento de la presente Ley, así como de la gestión de demarcaciones y delimitaciones de las coordenadas geográficas.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los dieciocho días del mes de septiembre de dos mil tres años.
Fdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Oscar Arrien Sandoval, Enrique Urquidi Hodgkinson, Marcelo Aramayo P., Roberto Fernández Orosco, Teodoro Valencia Espinoza.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticuatro días del mes de octubre de dos mil tres años.
FDO. CARLOS D. MESA GISBERT, José Antonio Galindo Neder, Jorge Cortés Rodríguez, Roberto Barbery Anaya.