La Ley N° 2529, promulgada el 24 de octubre de 2003, declara como prioridad nacional el asfaltado de la carretera Paracaya, Arani, Mizque y Aiquile, que conecta los departamentos de Cochabamba y Chuquisaca. Se encomienda al Poder Ejecutivo la obtención de financiamiento ante organismos nacionales o internacionales para la ejecución del proyecto.
LEY N° 2529
LEY DE 24 DE OCTUBRE DE 2003
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
ARTICULO 1°.- Declárase como necesidad y prioridad nacional, el asfaltado de la carretera Paracaya, Arani, Mizque y Aiquile que forma parte de la red fundamental, que vincula los Departamentos de Cochabamba y Chuquisaca.
ARTICULO 2°.- Se encomienda al Poder Ejecutivo, la consecución del financiamiento ante organismos nacionales o internacionales para la ejecución del Proyecto Caminero.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los dieciocho días del mes de septiembre de dos mil tres años.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Fdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Oscar Arrien Sandoval, Enrique Urquidi Hodgkinson, Marcelo Aramayo P., Roberto Fernández Orosco, Teodoro Valencia Espinoza.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticuatro días del mes de octubre de dos mil tres años.
FDO. CARLOS D. MESA GISBERT, José Antonio Galindo Neder, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Jorge Urquidi Barrau.