La Ley N° 2532, promulgada el 24 de octubre de 2003, autoriza la transferencia gratuita de bienes muebles e inmuebles del Programa de Seguridad Alimentaria (PROSANA) a los gobiernos municipales de Arque, Bolívar, Tacopaya y Tapacarí, mediante un inventario de entrega. La Prefectura del Departamento de Cochabamba es la entidad responsable de llevar a cabo esta transferencia.
LEY N° 2532
LEY DE 24 DE OCTUBRE DE 2003
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
TRANSFERENCIA DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES DEL PROSANA, A TITULO GRATUITO, A LOS GOBIERNOS MUNICIPALES DE ARQUE, BOLIVAR, TACOPAYA Y TAPACARI
ARTICULO UNICO.- Autorizar a la Prefectura del Departamento de Cochabamba a transferir, en favor de los Municipios de Arque, Tapacarí, Bolívar y Tacopaya, los bienes recibidos al cierre del Programa de Seguridad Alimentaría (PROSANA), según el inventario de entrega.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los dieciocho días del mes de septiembre de dos mil tres años.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Fdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Oscar Arrien Sandoval, Enrique Urquidi Hodgkinson, Marcelo Aramayo P., Roberto Fernández Orosco, Teodoro Valencia Espinoza.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticuatro días del mes de octubre de dos mil tres años.
FDO. CARLOS D. MESA GISBERT, José Antonio Galindo Neder, Roberto Barbery Anaya.