La Ley N° 2543, promulgada el 4 de noviembre de 2003, declara de prioridad nacional la construcción de la Carretera Mataral – Vallegrande en el Departamento de Santa Cruz, Provincia Florida – Vallegrande. Autoriza al Poder Ejecutivo a gestionar el financiamiento necesario para la ejecución de dicha carretera.
LEY N° 2543
LEY DE 4 DE NOVIEMBRE DE 2003
HORMANDO VACA DIEZ VACA DIEZ
PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
ARTICULO 1°.- Declárase de Prioridad Nacional, la construcción de la Carretera Mataral – Vallegrande, que se encuentra al Oeste del Departamento de Santa Cruz, Provincia Florida – Vallegrande.
ARTICULO 2°.- Se autoriza al Poder Ejecutivo, la gestión del financiamiento para la ejecución de la carretera.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintiocho días del mes de octubre de dos mil tres años.
Fdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Oscar Arrien Sandoval, Enrique Urquidi Hodgkinson, Marcelo Aramayo P., Roberto Fernández Orosco, Teodoro Valencia Espinoza.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cuatro días del mes de noviembre de dos mil tres años.
FDO. HORMANDO VACA DIEZ VACA DIEZ PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA, José Antonio Galindo Neder, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Jorge Urquidi Barrau.