La Ley N° 2567 autoriza al Poder Ejecutivo la transferencia onerosa del inmueble de 1.417.27 m², ubicado en Uyuni (Ex – Clínica Ferroviaria), de propiedad de ENFE Residual, a la Universidad Tomás Frías de Potosí, con el propósito de construir infraestructura educativa, previa realización del saneamiento conforme a las normas vigentes.
LEY N° 2567
LEY DE 9 DE DICIEMBRE DE 2003
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
ARTICULO UNICO.- De conformidad a lo establecido por el Artículo 59°, atribución 7ª, de la Constitución Política del Estado, se autoriza al Poder Ejecutivo, la transferencia, a título oneroso, a la Universidad Tomás Frías de Potosí, el inmueble situado en Uyuni, Ex – Clínica Ferroviaria con una superficie de 1.417.27 m2. de propiedad de ENFE Residual, ubicado en la Avenida Ferroviaria, siendo sus colindantes los predios de ENFE Residual, previo saneamiento de acuerdo a normas vigentes, con la única finalidad de construir una infraestructura educativa.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los doce días del mes noviembre de dos mil tres años.
Fdo. Hormando Vaca Díez Vaca Díez, Oscar Arrien Sandoval, Enrique Urquidi Hodgkinson, Marcelo Aramayo P., Fernando Rodríguez Calvo, Roberto Fernández Orosco.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes de diciembre de dos mil tres años.
FDO. CARLOS D. MESA GISBERT, José Antonio Galindo Neder, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Jorge Urquidi Barrau.