La Ley N° 2568, promulgada el 9 de diciembre de 2003, declara de prioridad nacional el desarrollo agropecuario del Norte de Potosí y ordena al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Educación, la elaboración de un proyecto de factibilidad para capacitar a la juventud de la región en técnicas y gerencia agropecuaria.
LEY N° 2568
LEY DE 9 DE DICIEMBRE DE 2003
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
ARTICULO 1°. Se declara de prioridad nacional el desarrollo agropecuario del Norte de Potosí.
ARTICULO 2°. Se dispone que el Poder Ejecutivo, mediante el Ministerio de Educación, elabore un proyecto de factibilidad para la capacitación de la juventud Norte potosina en técnicas y gerencia agropecuaria.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los doce días del mes noviembre de dos mil tres años.
Fdo. Hormando Vaca Díez Vaca Díez, Oscar Arrien Sandoval, Enrique Urquidi Hodgkinson, Marcelo Aramayo P., Fernando Rodríguez Calvo, Roberto Fernández Orosco.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes de diciembre de dos mil tres años.
FDO. CARLOS D. MESA GISBERT, José Antonio Galindo Neder, Donato Ayma Rojas, Diego Montenegro Ernst.