La Ley N° 2574, promulgada el 9 de diciembre de 2003, declara como prioridad regional el mejoramiento del Tramo Vial Transversal mediante la construcción de puentes que conecten las poblaciones de Cineguillos, Llucho, Colquechaca, Colcapampa, Tutujaya, Kharastia, Chiro-Kasa, Acasio y Cliza, ubicadas entre los Departamentos de Potosí y Cochabamba. Se establece que la viabilización, gestión y financiamiento del proyecto debe coordinarse con las Prefecturas correspondientes.
LEY N° 2574
LEY DE 9 DE DICIEMBRE DE 2003
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
ARTICULO UNICO.- Declárase como necesidad y prioridad regional, el mejoramiento del Tramo Vial Transversal, con la construcción de Puentes, que conecten el desarrollo económico – social, de las poblaciones de Cineguillos, Llucho, Colquechaca, Colcapampa, Tutujaya, Kharastia, Chiro-Kasa, Acasio y Cliza, comprendidas entre los Departamentos de Potosí y Cochabamba y encárguese que este proyecto en su viabilización, gestión y financiamiento interno y externo se coordine y comparta con las Prefecturas.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los doce días del mes noviembre de dos mil tres años.
Fdo. Hormando Vaca Díez Vaca Díez, Oscar Arrien Sandoval, Enrique Urquidi Hodgkinson, Marcelo Aramayo P., Fernando Rodríguez Calvo, Roberto Fernández Orosco.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes de diciembre de dos mil tres años.
FDO. CARLOS D. MESA GISBERT, José Antonio Galindo Neder, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Jorge Urquidi Barrau.