La Ley N° 2583, promulgada el 16 de diciembre de 2003, declara de prioridad nacional la construcción del Hospital de Tercer Nivel en Cobija, Pando. La Prefectura del Departamento de Pando está encargada de realizar estudios de preinversión para el proyecto. Además, se autoriza al Poder Ejecutivo a gestionar financiamiento para la construcción y equipamiento del hospital.
LEY N° 2583
LEY DE 16 DE DICIEMBRE DE 2003
HORMANDO VACA DIEZ VACA DIEZ
PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
ARTICULO 1°.- Declárase de prioridad nacional, la construcción del Hospital de Tercer Nivel de la ciudad de Cobija del Departamento de Pando.
ARTICULO 2°.- La Prefectura del Departamento de Pando, deberá realizar estudios de preinversión de este proyecto.
ARTICULO 3°.- Autorízase al Poder Ejecutivo, realizar gestiones de financiamiento para obtener recursos para la construcción y equipamiento de dicho hospital.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diez días del mes diciembre de dos mil tres años.
Fdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Oscar Arrien Sandoval, Enrique Urquidi Hodgkinson, Juan Luis Choque Armijo, Teodoro Valencia Espinoza, Fernando Rodríguez Calvo.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio Consistorial de la ciudad de Cobija - Pando, a los dieciséis días del mes de diciembre de dos mil tres años.
FDO. HORMANDO VACA DIEZ VACA DIEZPRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA, José Antonio Galindo Neder, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Fernando Antezana Aranibar.