La Ley N° 2591, promulgada el 16 de diciembre de 2003, declara de prioridad nacional la reactivación de la producción, industrialización y comercialización de la goma en el Departamento de Pando. Autoriza al Poder Ejecutivo a gestionar el financiamiento necesario para el estudio y ejecución del proyecto relacionado.
LEY N° 2591
LEY DE 16 DE DICIEMBRE DE 2003
HORMANDO VACA DIEZ VACA DIEZ
PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
ARTICULO 1°.- Declárase de prioridad nacional, la reactivación (producción, industrialización y comercialización) de la goma en el Departamento de Pando.
ARTICULO 2°.- Autorízase al Poder Ejecutivo, concretar el financiamiento para su estudio a diseño final y posterior ejecución del proyecto.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diez días del mes diciembre de dos mil tres años.
Fdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Oscar Arrien Sandoval, Enrique Urquidi Hodgkinson, Juan Luis Choque Armijo, Teodoro Valencia Espinoza, Fernando Rodríguez Calvo.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio Consistorial de la ciudad de Cobija - Pando, a los dieciséis días del mes de diciembre de dos mil tres años.
FDO. HORMANDO VACA DIEZ VACA DIEZPRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA, José Antonio Galindo Neder, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Xavier Nogales Iturri.