La Ley Nº 260 eleva a la categoría de ley el Decreto Supremo No. 05470 de 6 de mayo de 1960, que regula las patentes de invención y marcas de fábrica en Bolivia. Esta norma establece el marco legal para la protección de la propiedad industrial, garantizando derechos a los inventores y titulares de marcas. La ley debe ser cumplida y aplicada conforme a lo dispuesto por el Poder Ejecutivo.
LEY Nº 260
VÍCTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo Único. Se eleva a la categoría de ley el Decreto Supremo No. 05470 de 6 de mayo de 1960, referente a patentes de invención y marcas de fábrica.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 8 de noviembre de 1963.
Fdo. José H. Vilar, Presidente del H. Senado Nacional, Juan Sanjinés O., Presidente de la H. Cámara de Diputados, Ismael Olivares, Senador Secretario, Octavio Rivadeneira, Senador Secretario, Jesús Suárez E., Diputado Secretario, Oscar Arze Sahonero, Diputado Secretario.
Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintidos días del mes de noviembre de mil novecientos sesenta y tres años.
FDO. VÍCTOR PAZ ESTENSSORO, Alfonso Gumucio Reyes, Ministro de Economía Nacional.