La Ley N° 2600, promulgada el 18 de diciembre de 2003, aprueba un contrato de préstamo entre la República de Bolivia y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) por un monto de hasta 87 millones de dólares estadounidenses, destinado a financiar el Programa Sectorial de Fortalecimiento de las Instituciones y Políticas Públicas de Apoyo a la Productividad y Competitividad, que será ejecutado por el Ministerio de Desarrollo Económico. La ley se remite al Poder Ejecutivo para su cumplimiento.
LEY N° 2600
LEY DE 18 DE DICIEMBRE DE 2003
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
ARTICULO UNICO.- De conformidad con el Artículo 59, atribución 5ta. de la Constitución Política del Estado, apruébase el Contrato de Préstamo, negociado entre la República de Bolivia y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), el 21 de noviembre de 2003, en la ciudad de Washington D.C., por la suma de hasta OCHENTA Y SIETE MILLONES 00/100 DOLARES AMERICANOS ($US 87.000.000.-) destinados a financiar el Programa Sectorial de Fortalecimiento de las Instituciones y Políticas Públicas de Apoyo a la Productividad y Competitividad, a ser ejecutado por el Ministerio de Desarrollo Económico.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diecisiete días del mes diciembre de dos mil tres años.
Fdo. Hormando Vaca Díez Vaca Díez, Oscar Arrien Sandoval, Marcelo Aramayo P., Juan Luis Choque Armijo, Fernando Rodríguez Calvo, Roberto Fernández Orozco.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de diciembre de dos mil tres años.
FDO. CARLOS D. MESA GISBERT, José Antonio Galindo Neder, Xavier Nogales Iturri, Javier Gonzalo Cuevas Argote.