La Ley N° 2622, promulgada el 22 de diciembre de 2003, establece la creación del Instituto Técnico Superior "Villa Aroma" en Pujravi – Lahuachaca, Provincia Aroma, Departamento de La Paz, Bolivia, en cumplimiento del Artículo 59°, atribución 1ª de la Constitución Política del Estado y la Ley N° 1565. La norma se remite al Poder Ejecutivo para su implementación.
LEY N° 2622
LEY DE 22 DE DICIEMBRE DE 2003
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
ARTICULO UNICO.- De conformidad al Artículo 59°, atribución 1ª , de la Constitución Política del Estado, la Ley N° 1565 y disposiciones conexas del Ministerio de Educación, créase el Instituto Técnico Superior “VILLA AROMA”, ubicado en la Localidad de Pujravi – Lahuachaca, Provincia Aroma del Departamento de La Paz, República de Bolivia.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los dieciséis días del mes diciembre de dos mil tres años.
Fdo. Gonzalo Chirveches Ledezma, Oscar Arrien Sandoval, Marcelo Aramayo P., Juan Luis Choque Armijo, Fernando Rodríguez Calvo, Teodoro Valencia Espinoza.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintidós días del mes de diciembre de dos mil tres años.
FDO. CARLOS D. MESA GISBERT, José Antonio Galindo Neder, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Donato Ayma Rojas.