La Ley N° 2625, promulgada el 22 de diciembre de 2003, deroga los Títulos III y IV (Artículos 17° al 23°) de la Ley N° 2494, que regula el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana. Esta derogación implica la eliminación de las disposiciones legales contenidas en esos artículos, afectando la normativa vigente en materia de seguridad ciudadana. La ley ha sido remitida al Poder Ejecutivo para su cumplimiento.
LEY N° 2625
LEY DE 22 DE DICIEMBRE DE 2003
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
ARTICULO UNICO.- Derógase los Títulos III y IV, correspondientes a los Artículos 17° al 23°, de la Ley N° 2494, de 4 de agosto de 2003, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los dieciséis días del mes diciembre de dos mil tres años.
Fdo. Gonzalo Chirveches Ledezma, Oscar Arrien Sandoval, Marcelo Aramayo P., Juan Luis Choque Armijo, Fernando Rodríguez Calvo, Roberto Seoane Hurtado.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintidós días del mes de diciembre de dos mil tres años.
FDO. CARLOS D. MESA GISBERT, José Antonio Galindo Neder, Alfonso Ferrufino Valderrama.