La Ley N° 2636, promulgada el 5 de marzo de 2004, declara de prioridad nacional la construcción pavimentada de la carretera Diagonal Jaime Mendoza, estableciendo que el Poder Ejecutivo debe buscar financiamiento para su ejecución, especialmente en la sección de Oruro, Bombo-Huanuni.
LEY N° 2636
LEY DE 5 DE MARZO DE 2004
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
ARTICULO 1°. Se declara de prioridad nacional, la construcción pavimentada de la carretera Diagonal Jaime Mendoza, hasta su conclusión.
ARTICULO 2°. Se dispone que el Poder Ejecutivo, busque financiamiento para la construcción pavimentada de la carretera Diagonal Jaime Mendoza, en especial en la parte de Oruro, Bombo-Huanuni.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los doce días del mes de febrero de dos mil cuatro años.
Fdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Oscar Arrien Sandóval, Enrique Urquidi Hodgkinson, Juan Luis Choque Armijo, Roberto Fernández Orosco, Fernando Rodríguez Calvo.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de marzo de dos mil cuatro años.
FDO. CARLOS D. MESA GISBERT, José Antonio Neder, Jorge Urquidi Barrau.