La Ley N° 2662, promulgada el 23 de abril de 2004, declara Monumento Nacional a la Casa del Gral. Francisco Bourdeth O’Connor en San Simón, Tarija. Autoriza al Poder Ejecutivo a gestionar recursos económicos para su refacción, conservación y mantenimiento, y asigna a la Prefectura de Tarija una partida presupuestaria para estos fines. Además, encomienda al Instituto Boliviano de Cultura la colocación de una placa identificativa del inmueble como “Monumento Nacional”.
LEY N° 2662
LEY DE 23 DE ABRIL DE 2004
HORMANDO VACA DIEZ VACA DIEZ
PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA
Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
ARTICULO 1°.- Declárase Monumento Nacional a la Casa del Gral. Francisco Bourdeth O’Connor, ubicada en la Comunidad de San Simón de la Provincia O’Connor del Departamento de Tarija.
ARTICULO 2°.- Autorízase al Poder Ejecutivo, realizar las respectivas gestiones ante organismos nacionales e internacionales para disponer recursos económicos y a la Prefectura del Departamento de Tarija asignar una partida presupuestaria para el financiamiento, refacción, conservación y mantenimiento del mencionado inmueble.
ARTICULO 3°.- Encomiéndase al Instituto Boliviano de Cultura el marcado con una placa que identifique al inmueble señalado como “Monumento Nacional”.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines Constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veinte día del mes de abril de dos mil cuatro años.
Fdo. Gonzalo Chirveches Ledezma Presidente en Ejercicio Honorable Senado Nacional, Oscar Arrien Sandoval, Enrique Urquidi Hodgkinson, Marcelo Aramayo P., Fernando Rodríguez Calvo, Roberto Fernández Orosco.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitrés días del mes de abril de dos mil cuatro años.
FDO. HORMANDO VACA DIEZ VACA DIEZ PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA, José Antonio Galindo Neder, Javier Gonzalo Cuevas Argote.