La Ley Nº 2675, promulgada el 23 de abril de 2004, declara como Patrimonio Histórico y Monumento Nacional la casa natal del Sgto. Froilán Tejerina en Guayabillas, Tarija. Además, autoriza a la Prefectura de Tarija a asignar recursos de su presupuesto para la rehabilitación del inmueble, donde se establecerá el Museo Departamental de la Guerra del Chaco.
LEY Nº 2675
LEY DE 23 DE ABRIL DE 2004
HORMANDO VACA DIEZ VACA DIEZ
PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
ARTICULO 1°- Declárase Patrimonio Histórico y Monumento Nacional, a la casa donde nació el Héroe del Fortín Sorpresa, Sgto. Froilán Tejerina, ubicada en la Comunidad de Guayabillas, Primera Sección de la Provincia Arce del Departamento de Tarija.
ARTICULO 2°.- Autorízase a la Prefectura de Tarija, la asignación de recursos en su presupuesto de inversión, destinados a la rehabilitación del inmueble señalado en el Artículo anterior donde se implementará el Museo Departamental de la Guerra del Chaco.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veinte días del mes de abril de dos mil cuatro años.
Fdo. Gonzalo Chirveches Ledezma Presidente en Ejercicio Honorable Senado Nacional, Oscar Arrien Sandoval, Enrique Urquidi Hodgkinson, Marcelo Aramayo P., Fernando Rodríguez Calvo, Roberto Fernández Orosco.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitrés días del mes de abril de dos mil cuatro años.
FDO. HORMANDO VACA DIEZ VACA DIEZ PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA, José Antonio Galindo Neder.