La Ley Nº 2677, promulgada el 23 de abril de 2004, declara al Hospital de Yacuiba como Hospital de Tercer Nivel. El Ministerio de Salud y Deportes, junto con los Gobiernos Municipales de Yacuiba, Villamontes y Caraparí, son responsables de implementar esta disposición, incluyendo la gestión para el equipamiento y la dotación de recursos humanos necesarios para el funcionamiento del hospital conforme a su nueva jerarquización.
LEY Nº 2677
LEY DE 23 DE ABRIL DE 2004
HORMANDO VACA DIEZ VACA DIEZ
PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
ARTICULO 1°.- Declárase Hospital de Tercer Nivel, al Hospital de la ciudad de Yacuiba, Primera Sección de la Provincia Gran Chaco del Departamento de Tarija.
ARTICULO 2°.- El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Salud y Deportes y los Gobiernos Municipales de Yacuiba, Villamontes y Caraparí, quedan encargados del cumplimiento de la presente disposición y la gestión para el equipamiento y dotación de recursos humanos, de acuerdo a la nueva jerarquización del servicio que otorga ese nosocomio.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veinte días del mes de abril de dos mil cuatro años.
Fdo. Gonzalo Chirveches Ledezma Presidente en Ejercicio Honorable Senado Nacional, Oscar Arrien Sandoval, Enrique Urquidi Hodgkinson, Marcelo Aramayo P., Fernando Rodríguez Calvo, Roberto Fernández Orosco.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitrés días del mes de abril de dos mil cuatro años.
FDO. HORMANDO VACA DIEZ VACA DIEZ PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA, José Antonio Galindo Neder, Fernando S. Antezana Aranibar.