La Ley N° 2698, promulgada el 19 de mayo de 2004, declara de prioridad nacional la construcción y equipamiento del Hospital de Segundo Nivel “Plan Tres Mil” en la ciudadela “Andrés Ibáñez”, Santa Cruz de la Sierra, con una superficie de 8.525 m². Autoriza al Poder Ejecutivo a gestionar asistencia del Gobierno del Japón y otros organismos internacionales, y establece que el Gobierno Municipal de Santa Cruz de la Sierra debe asignar los recursos necesarios como contraparte para la finalización del hospital.
LEY N° 2698
LEY DE 19 DE MAYO DE 2004
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
LEY DE PRIORIDAD NACIONAL LA CONSTRUCCION
DE UN HOSPITAL EN LA CIUDADELA ANDRES IBAÑEZ
“PLAN TRES MIL”
ARTICULO 1°.- Se declara de prioridad regional, en el área de salud, la construcción y equipamiento del Hospital de Segundo Nivel “Plan Tres Mil”, ubicado en la ciudadela “Andrés Ibáñez”, con una superficie de 8.525 m2. en la Unidad Vecinal 161 del Barrio “Virgen de Urkupiña”, de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra.
ARTICULO 2°.- A tal efecto, Autorízase al Poder Ejecutivo, realizar las gestiones necesarias orientadas a obtener la asistencia del Gobierno del Imperio del Japón u otros organismos internacionales.
ARTICULO 3°.- El Gobierno Municipal de Santa Cruz de la Sierra, deberá asignar los recursos necesarios como contraparte para la conclusión de dicho Hospital.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines Constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los cinco días del mes de mayo de dos mil cuatro años.
Fdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Oscar Arrien Sandoval, Marcelo Aramayo P., Juan Luis Choque Armijo, Roberto Fernández Orosco, Fernando Rodríguez Calvo.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecinueve días del mes de mayo de dos mil cuatro años.
FDO. CARLOS D. MESA GISBERT, José Antonio Galindo Neder, Fernando S. Antezana Aranibar