La Ley N° 2700 autoriza a la Prefectura del Departamento de Chuquisaca a transferir de forma gratuita y definitiva al Gobierno Municipal de Padilla un inmueble del ex Instituto Boliviano de Tecnología Agrícola (IBTA), ubicado en la calle Bolívar, con una superficie total de 619.19 m², de los cuales 151.87 m² son construidos. La Prefectura es responsable de la implementación de esta ley.
LEY N° 2700
LEY DE 19 DE MAYO DE 2004
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
ARTICULO 1°.- De conformidad a lo establecido por el Artículo 59°, atribución 7ª, de la Constitución Política del Estado, Autorízase a la Prefectura del Departamento de Chuquisaca, transferir en favor del Gobierno Municipal de Padilla, a título gratuito y en forma definitiva, el bien inmueble del ex Instituto Boliviano de Tecnología Agrícola (IBTA), ubicado en la calle Bolívar, con una superficie total de 619.19 m2, de los cuales 151.87 m2., corresponde al área construida, colindante con el inmueble del señor Freddy Rojas al Este; con la Plazuela al Oeste; la calle Bolívar al Norte; y con la Av. Circunvalación al Sur.
ARTICULO 2°.- La Prefectura del Departamento de Chuquisaca, queda encargada del cumplimiento de la presente Ley.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines Constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintinueve días del mes de abril de dos mil cuatro años.
Fdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Oscar Arrien Sandoval, Marcelo Aramayo P., Juan Luis Choque Armijo, Roberto Fernández Orosco, Fernando Rodríguez Calvo.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecinueve días del mes de mayo de dos mil cuatro años.
FDO. CARLOS D. MESA GISBERT, José Antonio Galindo Neder, Diego Montenegro Ernst.