La Ley N° 2702 autoriza a la Prefectura y al Gobierno Municipal de Potosí a transferir, a título gratuito, ciertos bienes inmuebles y un vehículo, con el fin de apoyar el Plan de Rehabilitación de las Áreas Históricas de Potosí. Los bienes incluyen locales en la calle Wenceslao Alba N° 72 y oficinas en la calle Frías s/n, así como un vehículo con Placa de Control N° PZA – 001, todos de propiedad de las entidades mencionadas. La ley se remite al Poder Ejecutivo para su cumplimiento.
LEY N° 2702
LEY DE 19 DE MAYO DE 2004
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
ARTICULO UNICO.- Autorízase a la Prefectura del Departamento de Potosí y al Gobierno Municipal de Potosí, la transferencia, a título gratuito, de los siguientes bienes inmuebles: los ambientes ubicados en la calle Wenceslao Alba N° 72 de la ciudad de Potosí, el vehículo camioneta con Placa de Control N° PZA – 001 y bienes de acuerdo a inventario, de propiedad de la Prefectura y, los ambientes donde actualmente funcionan las oficinas de esa institución, ubicadas en la calle Frías s/n de la misma ciudad, edificio de la Nave de la Compañía de Jesús, de propiedad del Gobierno Municipal de Potosí, con destino a dar continuidad al Plan de Rehabilitación de las Areas Históricas de Potosí, que de acuerdo al Estatuto Orgánico de esa institución, son aportes de las entidades públicas que constituyen la misma.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines Constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintinueve días del mes de abril de dos mil cuatro años.
Fdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Oscar Arrien Sandoval, Marcelo Aramayo P., Juan Luis Choque Armijo, Roberto Fernández Orosco, Fernando Rodríguez Calvo.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecinueve días del mes de mayo de dos mil cuatro años.
FDO. CARLOS D. MESA GISBERT, José Antonio Galindo Neder.