La Ley N° 2708, promulgada el 21 de mayo de 2004, autoriza al Gobierno Municipal de Sucre a transferir a título de compensación un terreno municipal de 231 m², ubicado en la Zona San Antonio, a favor de Miguel Tórrez Daza. Además, se permite el cambio de uso de suelo de equipamiento a residencial para dicho terreno. La ley debe ser remitida al Poder Ejecutivo para su cumplimiento.
LEY N° 2708
LEY DE 21 DE MAYO DE 2004
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
ARTICULO 1°.- De conformidad con el Artículo 59°, numeral 7ª, de la Constitución Política del Estado, se autoriza al Gobierno Municipal de la ciudad de Sucre, transferir a título de compensación, el terreno de propiedad municipal, ubicado en la Zona San Antonio, registrado en Derechos Reales del Departamento de Chuquisaca, a fojas 86, N° 153 de propiedades a la Capital – Sucre, el 11 de septiembre de 1986, el Lote V-319, con superficie de 231 m2, en favor del señor Miguel Tórrez Daza.
ARTICULO 2°.- Seautoriza el cambio de uso de suelo de equipamiento a residencial, del terreno mencionado en el Artículo Primero.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines Constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los once días del mes de mayo de dos mil cuatro años.
Fdo. Gonzalo Chirveches Ledezma Presidente en Ejercicio Honorable Senado Nacional, Oscar Arrien Sandoval, Enrique Urquidi Hodgkinson, Juan Luis Choque Armijo, Roberto Fernández Orosco, Roberto Seoane Hurtado.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiún días del mes de mayo de dos mil cuatro años.
FDO. CARLOS D. MESA GISBERT, José Antonio Galindo Neder.