La Ley N° 2712, promulgada el 28 de mayo de 2004, aprueba el Contrato de Préstamo 1515/SF-BO entre la República de Bolivia y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), por un monto de hasta $13,500,000, destinado a financiar el Programa de Apoyo Productivo Rural, que será ejecutado por el Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios a través de una Unidad Ejecutora. La ley se remite al Poder Ejecutivo para su cumplimiento.
LEY N° 2712
LEY DE 28 DE MAYO DE 2004
HORMANDO VACA DIEZ VACA DIEZ
PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA
Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
ARTICULO UNICO.- De conformidad con el Artículo 59°, atribución 5ª, de la Constitución Política del Estado, apruébase el Contrato de Préstamo 1515/SF- BO, suscrito entre la República de Bolivia y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), el 17 de diciembre de 2003, en la ciudad de Washington D.C., por la suma de hasta TRECE MILLONES QUINIENTOS MIL 00/100 DOLARES AMERICANOS ($us. 13.500.000.-) destinados a financiar el Programa de Apoyo Productivo Rural, a ser ejecutado por el Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios, que conformará la Unidad Ejecutora para las actividades del Programa.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines Constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los doce días del mes de mayo de dos mil cuatro años.
Fdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Oscar Arrien Sandoval, Enrique Urquidi Hodgkinson, Juan Luis Choque Armijo, Roberto Fernández Orosco, Fernando Rodríguez Calvo.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de mayo de dos mil cuatro años.
FDO. HORMANDO VACA DIEZ VACA DIEZ PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA, José Antonio Galindo Neder, Javier Gonzalo Cuevas Argote,Diego Montenegro Ernst.