La Ley N° 2744, promulgada el 28 de mayo de 2004, declara de prioridad regional y nacional la ejecución de proyectos y presupuestos asignados a la Dirección Única de Fondos para el Departamento de Chuquisaca. Además, autoriza al Poder Ejecutivo a gestionar financiamiento adicional para incrementar los recursos destinados a dicha dirección.
LEY N° 2744
LEY DE 28 DE MAYO DE 2004
HORMANDO VACA DIEZ VACA DIEZ
PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA
Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
ARTICULO 1°.- Declárase de prioridad regional y nacional, la ejecución plena de los proyectos y presupuestos asignados a través de la Dirección Unica de Fondos para el Departamento de Chuquisaca.
ARTICULO 2°.- Autorízase al Poder Ejecutivo, gestionar el financiamiento para incrementar los recursos asignados a través de la Dirección Unica de Fondos para el Departamento de Chuquisaca.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines Constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los trece días del mes de mayo de dos mil cuatro años.
Fdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Oscar Arrien Sandoval, Enrique Urquidi Hodgkinson, Marcelo Aramayo P., Roberto Fernández Orosco, Fernando Rodríguez Calvo.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de mayo de dos mil cuatro años.
FDO. HORMANDO VACA DIEZ VACA DIEZ PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA, José Antonio Galindo Neder, Roberto Barbery Anaya.