La Ley N° 2750, promulgada el 28 de mayo de 2004, establece la creación de un museo y centro de exposición vitivinícola permanente en Camargo, Chuquisaca. Se delega al Gobierno Municipal de Camargo, en coordinación con el Viceministerio de Turismo y el Viceministerio de Micro y Pequeño Productor, la responsabilidad de financiar, ejecutar, implementar y administrar dicho proyecto.
LEY N° 2750
LEY DE 28 DE MAYO DE 2004
HORMANDO VACA DIEZ VACA DIEZ
PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA
Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
ARTICULO 1°.- Se dispone la creación y construcción de un museo y centro de exposición vitivinícola permanente, el mismo que se hallará ubicado en la ciudad de Camargo, Provincia Nor Cinti del Departamento de Chuquisaca.
ARTICULO 2°.- Con el fin de dar cumplimiento a la presente Ley, se delega al Gobierno Municipal de Camargo, en coordinación con el Viceministerio de Turismo, Viceministerio de Micro y Pequeño Productor, la Prefectura del Departamento de Chuquisaca, quienes deberán financiar su ejecución, implementación y administración.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines Constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los trece días del mes de mayo de dos mil cuatro años.
Fdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Oscar Arrien Sandoval, Enrique Urquidi Hodgkinson, Marcelo Aramayo P., Roberto Fernández Orosco, Fernando Rodríguez Calvo.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de mayo de dos mil cuatro años.
FDO. HORMANDO VACA DIEZ VACA DIEZ PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA, José Antonio Galindo Neder, Horst Grebe López, Diego Montenegro Ernst.