La Ley N° 2779, promulgada el 15 de julio de 2004, aprueba un contrato de crédito entre la República de Bolivia y la Asociación Internacional de Fomento del Banco Mundial por un monto de hasta 17.200.000 Derechos Especiales de Giro (DEG), destinado a financiar el Crédito Programático de Ajuste Estructural para el Sector Social, que será ejecutado por el Ministerio de Hacienda. La ley remite al Poder Ejecutivo para su cumplimiento.
LEY N° 2779
LEY DE 15 DE JULIO DE 2004
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
ARTICULO UNICO.- De conformidad con el Artículo 59°, atribución 5ª, de la Constitución Política del Estado, apruébase el Contrato de crédito suscrito entre la República de Bolivia y la Asociación Internacional de Fomento – Banco Mundial, por la suma de hasta DIECISIETE MILLONES DOSCIENTOS MIL DERECHOS ESPECIALES DE GIRO (DEG. 17.200.000.-), destinados a financiar el Crédito Programático de Ajuste Estructural para el Sector Social, a ser ejecutado por el Ministerio de Hacienda.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines Constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los trece días del mes de julio de dos mil cuatro años.
Fdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Oscar Arrien Sandoval, Enrique Urquidi Hodgkinson, Juan Luis Choque Armijo, Fernando Rodríguez Calvo, Roberto Fernández Orosco.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de julio de dos mil cuatro años.
FDO. CARLOS D. MESA GISBERT, José Antonio Galindo Neder, Javier Gonzalo Cuevas Argote.