La Ley N° 2797, promulgada el 5 de agosto de 2004, declara la fiesta de "LA ALASITA" como Patrimonio Cultural e Intangible de Bolivia, reconociendo su importancia cultural, social y económica, especialmente en La Paz y El Alto. La ley protege el símbolo de la fiesta y la deidad Aymara "El Ekeko", así como cualquier representación gráfica relacionada. Además, establece que el Estado debe proporcionar apoyo para la preservación y promoción de esta manifestación cultural, asegurando el respeto a sus raíces y sentido originales.
LEY N° 2797
LEY DE 5 DE AGOSTO DE 2004
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
ARTICULO 1°.- Declárase Patrimonio Cultural e Intangible, la fiesta de “LA ALASITA”, manifestación cultural, social y económica de origen paceño y que se celebra en la ciudad de La Paz, El Alto y otras ciudades de Bolivia.
La protección establecida en la presente Ley comprende al símbolo de esta fiesta y deidad Aymara “El Ekeko” y cualquier otra manifestación y representación simbólica o gráfica de esta fiesta.
ARTICULO 2°.- El Estado deberá prestar y proveer todo el apoyo necesario para preservar y promover esta manifestación cultural de origen Aymara y Ancestral, cuidando y velando porque se respeten sus raíces y sentido originales.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines Constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintiocho días del mes de julio de dos mil cuatro años.
Fdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Oscar Arríen Sandoval, Enrique Urquidi Hodgkinson, Juan Luis Choque Armijo, Roberto Fernández Orosco, Fernando Rodríguez Calvo.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de agosto de dos mil cuatro años.
FDO. CARLOS D. MESA GISBERT, José Antonio Galindo Neder.