La Ley N° 2832, promulgada el 10 de septiembre de 2004, declara de importancia estratégica la construcción de la carretera Covendo – Cocapata. Se encomienda a las Prefecturas de La Paz y Cochabamba la realización del estudio de factibilidad, el análisis de impacto ambiental y el diseño final de dicha carretera, a través de sus organismos especializados. La ley se remite al Poder Ejecutivo para su cumplimiento.
LEY N° 2832
LEY DE 10 DE SEPTIEMBRE DE 2004
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
ARTICULO 1°.- Declárase de importancia estratégica, la construcción de la carretera Covendo – Cocapata.
ARTICULO 2°.- Encomiéndase a las Prefecturas de los Departamentos de La Paz y Cochabamba, mediante sus organismos especializados, realizar el estudio de factibilidad, de impacto ambiental y el diseño final de la Carretera Covendo – Cocapata.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines Constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veinticinco días del mes de agosto de dos mil cuatro años.
Fdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Mario Cossio Cortez, Juan Luis Choque Armijo, Marcelo Aramayo P., Erick Reyes Villa B., Ernesto Poppe Murillo.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de septiembre de dos mil cuatro años.
FDO. CARLOS D. MESA GISBERT, José Antonio Galindo Neder, Jorge Urquidi Barrau.