La Ley N° 2868, promulgada el 1 de octubre de 2004, tiene como objetivo el cambio de uso de suelo y la implementación de áreas de equipamientos urbanos y preservación ecológica en Cochabamba. Se establece un plan especial denominado "La Tamborada" que incluye la creación de un Campus Universitario, una Villa Deportiva, un Parque Ecológico Metropolitano y un Centro Multimodal para el Transporte de Personas y Mercancías. La Universidad Mayor de San Simón es responsable de la ejecución de estos proyectos, con apoyo en la búsqueda de financiamiento por parte del Gobierno Central y la Prefectura. Se autorizan transferencias de terrenos específicos para cada proyecto, que deben ser desarrollados en colaboración con las autoridades locales y otras instituciones.
LEY N° 2868
LEY DE 1 DE OCTUBRE DE 2004
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
ARTICULO 1°.- (OBJETO DE LA LEY). La presente Ley tiene por objeto el cambio de uso de suelo e implementar áreas de grandes equipamientos urbanos, así como de preservación ecológica en la ciudad de Cochabamba de manera que se pueda estimular un desarrollo sustentable y armónico entre el crecimiento urbano y la preservación de la naturaleza.
ARTICULO 2°.- (PLAN ESPECIAL LA TAMBORADA).- Se destina el Fundo Rústico Universitario “La Tamborada” de propiedad de la Universidad Mayor de San Simón de Cochabamba, según Testimonio N° 164 de 27 de junio de 1969 y el Decreto Supremo N° 8786 de 17 de junio del mismo año, sujetos a un plan especial denominado “La Tamborada” que determina los siguientes usos.
Campus Universitario
Villa Deportiva
Parque Ecológico Metropolitano
Centro Multimodal para el Transporte de Personas y Mercancías
ARTICULO 3°.- (CAMPUS UNIVERSITARIO).- La Universidad Mayor de San Simón ejecutará un proyecto de desarrollo de Campus Universitario cuya construcción será asistida con la búsqueda de financiamiento por parte del Gobierno Central, la Prefectura del Departamento de Cochabamba y la misma Universidad.
Para este propósito la Universidad Mayor de San Simón, destinará la superficie de 148 Has, en las que se emplazará el nuevo Campus Universitario que brinde las condiciones requeridas para el desarrollo de las actividades académicas del proceso de enseñanza y aprendizaje, investigación científica e interacción social.
ARTICULO 4°.- (VILLA DEPORTIVA).- Para la implementación de Villa Deportiva que, incorpore a todas las disciplinas deportivas, se destina una superficie de 13 Has. El proyecto y la implementación del mismo será de responsabilidad de la Prefectura, la Universidad Mayor de San Simón y la Asamblea Departamental del Deporte. Debiendo ser estas instancias las responsables de la búsqueda del financiamiento.
Para este propósito se autoriza a la Universidad Mayor de San Simón, la transferencia de las 13 Has, en favor de la Prefectura del Departamento de Cochabamba, cuyos límites y ubicación exacta están especificadas en el plan especial “La Tamborada” elaborada por la Universidad, el mismo que será parte indisoluble de la presente Ley.
ARTICULO 5°.- (PARQUE ECOLOGICO METROPOLITANO).- Se autoriza a la Universidad Mayor de San Simón la transferencia de las 40 Has., en favor de la Prefectura del Departamento de Cochabamba, dentro de los límites y otras especificaciones señaladas en el Plan Especial para la efectivización del proyecto del Parque Ecológico Metropolitano.
A este efecto se destina la superficie de 40 Has, para la creación de dicho parque la misma que se declara como área protegida específicamente para la protección de especies nativas de todo género. El Proyecto deberá ser elaborado entre la Universidad Mayor de San Simón, el Gobierno Municipal de la Provincia Cercado y la Prefectura del Departamento de Cochabamba. La implementación del mismo estará a cargo de la Prefectura, la búsqueda de financiamiento será responsabilidad de la Prefectura y el Servicio Nacional de Áreas Protegidas.
ARTICULO 6° (CENTRO MULTIMODAL PARA EL TRANSPORTE DE PERSONAS Y MERCANCÍAS). Se autoriza a la Universidad Mayor de San Simón a efectuar las transferencias de 7 Has., en favor del Gobierno Municipal de la Provincia Cercado del Departamento de Cochabamba que tendrá la ubicación y otras características especificadas en el Plan Especial “La Tamborada” efectuado por la misma Universidad, con destino al Centro Multimodal para el Transporte de Personas y Mercancías, este proyecto tendrá por objeto la construcción de un equipamiento que posibilite la interconexión del tráfico urbano del Valle Central, con las áreas productivas y urbanas del Valle Alto, así como otras Provincias, Departamentos y países vecinos. El Proyecto será desarrollado y ejecutado por el Gobierno Municipal de la Provincia Cercado del departamento de Cochabamba, debiendo éste establecer alianzas con otras instituciones para la búsqueda de financiamiento.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines Constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los quince días del mes de Septiembre de dos mil cuatro años.
Fdo. Mario Diego Justiniano Aponte Presidente en Ejercicio H. Senado Nacional, Mario Cossio Cortez, Juan Luis Choque Armijo, Marcelo Aramayo Pérez, Erick Reyes Villa B., Ernesto Poppe Murillo.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, al primer día del mes de octubre de dos mil cuatro años.
FDO. CARLOS D. MESA GISBERT, José Antonio Galindo Neder.