La Ley N° 2881, promulgada el 8 de octubre de 2004, declara de prioridad nacional la construcción de los tramos viales: Puente Arce – Aiquile – La Palizada y Ramal – Paracaya – Arani - Mizque – Aiquile. Se instruye al Ministerio de Servicios y Obras Públicas a incluir estos proyectos en el Plan Vial Nacional para su priorización en la gestión 2005.
LEY N° 2881
LEY DE 8 DE OCTUBRE DE 2004
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
ARTICULO UNICO.- Declárase de prioridad nacional la construcción de la obra del Tramo 1: Puente Arce – Aiquile – La Palizada y Tramo 2: Ramal – Paracaya – Arani - Mizque – Aiquile, e instrúyase al Ministerio de Servicios y Obras Públicas incluir al Plan Vial Nacional la priorización del mismo en la gestión 2005.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines Constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los quince días del mes de Septiembre de dos mil cuatro años.
Fdo. Mario Diego Justiniano Aponte Presidente en Ejercicio H. Cámara de Senadores, Mario Cossio Cortez, Juan Luis Choque Armijo, Marcelo Aramayo Pérez, Erick Reyes Villa B., Ernesto Poppe Murillo.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los ocho días del mes de octubre de dos mil cuatro años.
FDO. CARLOS D. MESA GISBERT, José Antonio Galindo Neder.