La Ley N° 2889, promulgada el 29 de octubre de 2004, transfiere a título oneroso un inmueble al Gobierno Municipal de Roboré, ubicado en la esquina suroeste de la plaza principal, donde funcionaba el ex Banco del Estado. El edificio debe ser restaurado con recursos gestionados por el municipio y se destinará a la promoción de la cultura y el turismo en la región chiquitana.
LEY N° 2889
LEY DE 29 DE OCTUBRE DE 2004
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
ARTICULO 1°.- Transfiérase, a título oneroso, en favor del Gobierno Municipal de Roboré, Tercera Sección Municipal de la Provincia Chiquitos, del Departamento de Santa Cruz, el inmueble ubicado en la esquina Sur Oeste de la Plaza principal del mencionado municipio, donde funcionaba el ex Banco del Estado.
ARTICULO 2°.- El mencionado edificio, deberá ser restaurado con recursos tramitados por el Municipio y será utilizado para la promoción de la Cultura y el Turismo de la región chiquitana.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines Constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los treinta días del mes de septiembre de dos mil cuatro años.
Fdo. Mario Diego Justiniano Aponte Presidente en Ejercicio H. Senado Nacional, Mario Cossio Cortez, Juan Luis Choque Armijo, Gonzalo Chirveches Ledezma, Erick Reyes Villa B., Ernesto Poppe Murillo.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintinueve días del mes de octubre de dos mil cuatro años.
FDO. CARLOS D. MESA GISBERT, José Antonio Galindo Neder.