La Ley N° 2896 declara en emergencia el Bosque Seco Chaqueño en la Provincia Cordillera del Departamento de Santa Cruz debido a la sequía y desertificación causadas por el mal uso de suelos y recursos naturales. Se encomienda al Poder Ejecutivo la realización de estudios biofísicos e hidrológicos para el uso y manejo sostenible de dichos recursos.
LEY N° 2896
LEY DE 29 DE OCTUBRE DE 2004
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
ARTICULO 1°.- Declárase en emergencia el Bosque Seco Chaqueño, ubicado en la Provincia Cordillera del Departamento de Santa Cruz, por la permanente sequía y el proceso de desertificación que se registra por el mal uso de suelos y de los recursos naturales.
ARTICULO 2°.- Se encomienda al Poder Ejecutivo, realizar los estudios biofísicos e hidrológicos del Bosque Seco Chaqueño, para el uso y manejo sostenible de sus recursos naturales.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines Constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los treinta días del mes de septiembre de dos mil cuatro años.
Fdo. Mario Diego Justiniano Aponte Presidente en Ejercicio H. Senado Nacional, Mario Cossio Cortez, Juan Luis Choque Armijo, Gonzalo Chirveches Ledezma, Erick Reyes Villa B., Ernesto Poppe Murillo.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintinueve días del mes de octubre de dos mil cuatro años.
FDO. CARLOS D. MESA GISBERT, José Antonio Galindo Neder.