La Ley Nº 290 eleva a rango de ley el Decreto Supremo No. 2881 de 5 de diciembre de 1951, que autoriza la transferencia del inmueble ubicado en la Plaza Venezuela de la ciudad, del Círculo Militar a la Caja de Pensiones Militares, manteniendo las condiciones establecidas en el decreto original. La ley fue promulgada el 4 de enero de 1964.
LEY Nº 290
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo Único. Se eleva a rango de Ley el Decreto Supremo No. 2881 de 5 de diciembre de 1951, por el que se dispone la transferencia del inmueble situado sobre la Plaza Venezuela de esta ciudad, por el Círculo Militar a la Caja de Pensiones Militares, en las condiciones contenidas en el referido decreto supremo.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 18 de diciembre de 1963.
Fdo. José Hugo Vilar, Presidente del H. Senado Nacional, Juan Sanjinés O., Presidente de la H. Cámara de Diputados, Ismael Olivares, Senador Secretario, Octavio Rivadeneira, Senador Secretario, Rudy Arce, Diputado Secretario, Germán Claros, Diputado Secretario.
Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cuatro días del mes de enero de mil novecientos sesenta y cuatro años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Gral. Luis Rodríguez Bidegaín, Ministro de Defensa Nacional.