La Ley N° 2919, promulgada el 26 de noviembre de 2004, declara al Distrito 6 Tercera Sección Municipal Paria, con su capital Sorocachi, como "Capital de la Horticultura del Departamento de Oruro", abarcando los cantones de Sorocachi, Paria, Iruma, Huayña Pasto Grande, Lequepalca, Tholapalca y Teniente Bullain. Además, autoriza al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios y la Prefectura de Oruro, a gestionar financiamiento nacional y extranjero para el desarrollo de la producción de hortalizas en la región.
LEY N° 2919
LEY DE 26 DE NOVIEMBRE DE 2004
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
ARTICULO 1°.- Declárase como “Capital de la Horticultura del Departamento de Oruro al Distrito 6 Tercera Sección Municipal Paria con su capital Sorocachi”, que comprende los cantones de Sorocachi, Paria, Iruma, Huayña Pasto Grande, Lequepalca, Tholapalca y Teniente Bullain.
ARTICULO 2°.- Autorízase al Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios, Prefectura del Departamento de Oruro, gestionar financiamiento económico, nacional y extranjero, con destino al desarrollo de la producción de hortalizas en el Departamento de Oruro.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines Constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los cuatro días del mes de noviembre de dos mil cuatro años.
Fdo. Mario Diego Justiniano Aponte Presidente en Ejercicio Honorable Senado Nacional, Mario Cossio Cortez, Juan Luis Choque Armijo, Marcelo Aramayo Pérez, Erick Reyes Villa B., Aurelio Ambrocio Muruchi.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiséis días del mes de noviembre de dos mil cuatro años.
FDO. CARLOS D. MESA GISBERT, José Antonio Galindo Neder, Diego Montenegro Ernst.