La Ley N° 2925, promulgada el 15 de diciembre de 2004, declara el Festival Internacional del Lapacho como "Patrimonio Cultural de Bolivia", destacando su importancia como evento cultural y turístico en Bermejo, Tarija. El Poder Ejecutivo, a través de los ministerios correspondientes, debe establecer mecanismos para promover y difundir el festival. Además, se autoriza al Gobierno Municipal de Bermejo y a la Prefectura de Tarija a asignar recursos necesarios para su realización y fomento.
LEY N° 2925
LEY DE 15 DE DICIEMBRE DE 2004
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
ARTICULO 1°.- Declárase “Patrimonio Cultural de Bolivia” al Festival Internacional del Lapacho, como encuentro de culturas y bellas artes, movilizador del turismo e integrador de los países de América del Sur, que se realiza anualmente en la ciudad de Bermejo, Segunda Sección de la Provincia Arce del Departamento de Tarija.
ARTICULO 2°- El Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, del Viceministerio de Cultura y Viceministerio de Turismo, establecerán los mecanismos institucionales que coadyuven al fomento y difusión del Festival Internacional del Lapacho.
ARTICULO 3°.- Autorízase al Gobierno Municipal de Bermejo y a la Prefectura del Departamento de Tarija, la asignación de los recursos necesarios para la realización y fomento del Festival Internacional del Lapacho.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines Constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintitrés días del mes de noviembre de dos mil cuatro años.
Fdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Mario Cossio Cortez, Marcelo Aramayo Pérez, Gonzalo Chirveches Ledezma, Erick Reyes Villa B., Aurelio Ambrocio Muruchi.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de diciembre de dos mil cuatro años.
FDO. CARLOS D. MESA GISBERT, José Antonio Galindo Neder, Horst Grebe Lopez.