La Ley N° 293 establece la creación de la Confederación de la "Gran Cruz de Boquerón", que será otorgada a todos los participantes en la defensa del fortín durante la guerra con Paraguay. Esta norma debe ser comunicada al Poder Ejecutivo para su implementación conforme a los procedimientos constitucionales.
LEY N° 293
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo Único. Créase la Confederación de la “Gran Cruz de Boquerón” que será impuesta a todos los que concurrieron a la defensa de ese fortín, durante la pasada guerra con el Paraguay.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Senado Nacional.
La Paz, 19 de diciembre de 1963.
Fdo. Adrián Barrenechea, Presidente del H. Senado Nacional, Juan Sanjinés O., Presidente de la H. Cámara de Diputados, Ismael Olivares, Senador Secretario, E. Zuazo Cuenca, Senador Secretario, Alfredo Aguirre, Diputado Secretario, Ramón Oliden O., Diputado Secretario.
Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los once días del mes de enero de mil novecientos sesenta y cuatro años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Gral. Luis Rodríguez Bidegaín, Mnistro de Defensa Nacional.