La Ley N° 2931, promulgada el 15 de diciembre de 2004, declara a la Provincia Modesto Omiste del Departamento de Potosí como Patrimonio Turístico Nacional. El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Área, está encargado de elaborar e implementar políticas de difusión y promoción para los cantones turísticos de Selocha, Yuruma, Chagua y Chipihuayco.
LEY N° 2931
LEY DE 15 DE DICIEMBRE DE 2004
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
ARTICULO 1°.- Se declara a la Provincia Modesto Omiste del Departamento de Potosí, Patrimonio Turístico Nacional.
ARTICULO 2°- El Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Area, deberá elaborar e implementar políticas de difusión y promoción de los cantones turísticos: Selocha – Yuruma – Chagua – Chipihuayco.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines Constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diecisiete días del mes de noviembre de dos mil cuatro años.
Fdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Mario Cossio Cortez, Marcelo Aramayo Pérez, Gonzalo Chirveches Ledezma, Erick Reyes Villa B., Aurelio Ambrocio Muruchi.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de diciembre de dos mil cuatro años.
FDO. CARLOS D. MESA GISBERT, José Antonio Galindo Neder, Horst Grebe López.