La Ley N° 2936 autoriza al Gobierno Municipal de Challapata a transferir gratuitamente un inmueble de 495.75 m², ubicado adyacente a la Casa de Justicia de Challapata, al Consejo Nacional de la Judicatura, con el propósito de ampliar dicha Casa de Justicia. La ley fue sancionada por el Honorable Congreso Nacional y promulgada por el Presidente Constitucional de la República el 15 de diciembre de 2004.
LEY N° 2936
LEY DE 15 DE DICIEMBRE DE 2004
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
ARTICULO UNICO.- Se autoriza al Gobierno Municipal de Challapata, transferir a título gratuito, el bien inmueble situado en forma adyacente a la Casa de Justicia de Challapata, con una extensión de 495.75 m2”, en favor del Consejo Nacional de la Judicatura, para la ampliación de la Casa de Justicia de Challapata.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines Constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintitrés días del mes de noviembre de dos mil cuatro años.
Fdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Mario Cossio Cortez, Marcelo Aramayo Pérez, Gonzalo Chirveches Ledezma, Erick Reyes Villa B., Aurelio Ambrocio Muruchi.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de diciembre de dos mil cuatro años.
FDO. CARLOS D. MESA GISBERT, José Antonio Galindo Neder.