La Ley N° 2953, promulgada el 27 de enero de 2005, declara de prioridad nacional el mantenimiento de la carretera Villazón – Cotagaita, asignando esta responsabilidad al Servicio Nacional de Caminos. Además, establece como necesidad regional el ensanche y mejoramiento de tramos de caminos bajo responsabilidad Prefectural y Municipal, específicamente los caminos Tupiza – Atocha, Cruce de Villazón – Selocha y Tupiza – Talina, en el marco de sus competencias.
LEY N° 2953
LEY DE 27 DE ENERO DE 2005
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
ARTICULO 1°.- Declárase de prioridad nacional el mantenimiento de la carretera de la Red Fundamental Villazón – Cotagaita, por el Servicio Nacional de Caminos.
ARTICULO 2°.- Declárase de necesidad regional el ensanche y mejoramiento de los tramos de responsabilidad Prefectural y Municipal de los caminos Tupiza – Atocha; el Cruce de Villazón – Selocha; Tupiza – Talina en el marco de sus competencias.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines Constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los dieciocho días del mes de enero de dos mil cinco años.
Fdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Mario Cossio Cortez, Juan Luis Choque Armijo, Marcelo Aramayo Pérez, Erick Reyes Villa B., Ernesto Poppe Murillo.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintisiete días del mes de enero de dos mil cinco años.
FDO. CARLOS D. MESA GISBERT, José Antonio Galindo Neder, Jorge Urquidi Barrau.