La Ley N° 2963, promulgada el 3 de febrero de 2005, declara de prioridad departamental el mejoramiento y mantenimiento de las carreteras en las Provincias Sud Lípez, específicamente en los Municipios de Quetena Grande, San Pablo de Lípez y San Antonio de Esmoruco, en la Provincia Sud Chichas del Departamento de Potosí, en relación a los hitos fronterizos con Chile. Se autoriza a la Prefectura del Departamento de Potosí a realizar las gestiones necesarias para llevar a cabo esta obra.
LEY N° 2963
LEY DE 3 DE FEBRERO DE 2005
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
ARTICULO 1°.- Declárase de prioridad departamental el mejoramiento y mantenimiento de las carreteras en las Provincias Sud Lípez paralela a los hitos fronterizos con la República de Chile e integre los Municipios de Quetena Grande, San Pablo de Lípez, San Antonio de Esmoruco con la Provincia Sud Chichas del Departamento de Potosí.
ARTICULO 2°.- Para tal efecto se autoriza a la Prefectura del Departamento de Potosí realizar las gestiones necesarias, para el logro de la obra planteada.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines Constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los dieciséis días del mes de diciembre de dos mil cuatro años.
Fdo. Mario Diego Justiniano Aponte Presidente en Ejercicio Honorable Senado Nacional, Mario Cossio Cortez, Juan Luis Choque Armijo, Marcelo Aramayo Pérez, Erick Reyes Villa B., Ernesto Poppe Murillo.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los tres días del mes de febrero de dos mil cinco años.
FDO. CARLOS D. MESA GISBERT, José Antonio Galindo Neder, René Gómez García Palao.