La Ley N° 2975, promulgada el 4 de febrero de 2005, declara de prioridad nacional la realización de un estudio integral de los recursos naturales en el Norte de Potosí. El Poder Ejecutivo, a través de organismos competentes como SERGEOTECMIN, está encargado de llevar a cabo estudios de campo sobre recursos metálicos, no metálicos, hídricos y rocas ornamentales en los municipios de la región.
LEY N° 2975
LEY DE 4 DE FEBRERO DE 2005
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
ARTICULO 1°.- Se declara de prioridad nacional la realización del estudio integral de los recursos naturales del Norte de Potosí.
ARTICULO 2°.- Se dispone que el Poder Ejecutivo, mediante los organismos competentes, como ser SERGEOTECMIN, deberán realizar los estudios integrados, de campo de los recursos metálicos, no metálicos, hídricos y de rocas ornamentales de los diferentes Municipios del Norte de Potosí.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines Constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los dieciocho días del mes de enero de dos mil cinco años.
Fdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Mario Cossío Cortez, Juan Luis Choque Armijo, Marcelo Aramayo Pérez, Erick Reyes Villa B., Ernesto Poppe Murillo.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cuatro días del mes de febrero de dos mil cinco años.
FDO. CARLOS D. MESA GISBERT, José Antonio Galindo Neder, Jorge Espinoza Morales.