La Ley N° 2979, promulgada el 10 de febrero de 2005, declara Patrimonio Cultural de la Nación al Templo Colonial del Santuario de Quillacas y su entorno urbano, así como a los bienes artísticos patrimoniales asociados. El Gobierno Nacional, a través del Viceministerio de Cultura, junto con la Prefectura de Oruro y el Gobierno Municipal de Quillacas, es responsable de gestionar recursos para proyectos de conservación, protección, recuperación y restauración del templo, así como para un plan de rehabilitación urbana en su entorno.
LEY N° 2979
LEY DE 10 DE FEBRERO DE 2005
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
ARTICULO 1°.- Se declara Patrimonio Cultural de la Nación al Templo Colonial del Santuario de Quillacas, su entorno urbano y todos los bienes artísticos patrimoniales que conserva por su relevancia artística e histórica, ubicado en la Capital de la Segunda Sección Municipal de la Provincia Eduardo Avaroa del Departamento de Oruro.
ARTICULO 2°. El Gobierno Nacional a través del Viceministerio de Cultura, la Prefectura del Departamento de Oruro, en coordinación con el Gobierno Municipal del Santuario de Quillacas, quedan encargados de gestionar los recursos necesarios para la ejecución de proyectos de conservación, protección, recuperación y restauración de dicha edificación, así como un plan de rehabilitación urbana entorno al Templo del Santuario de Quillacas.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines Constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintiséis días del mes de enero de dos mil cinco años.
Fdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Mario Cossío Cortez, Juan Luis Choque Armijo, Marcelo Aramayo Pérez, Erick Reyes Villa B., Ernesto Poppe Murillo.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de febrero de dos mil cinco años.
FDO. CARLOS D. MESA GISBERT, José Antonio Galindo Neder, Walter Kreidler Guillaux.