La Ley N° 2995, promulgada el 24 de febrero de 2005, declara de prioridad nacional la pavimentación del tramo carretero Huachacalla – Pisiga, parte de la Red Fundamental Oruro – Pisiga. El Poder Ejecutivo está obligado a tramitar los recursos necesarios y a finalizar los estudios pertinentes para llevar a cabo este proyecto.
LEY N° 2995
LEY DE 24 DE FEBRERO DE 2005
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
ARTICULO 1°.- Declárase de prioridad nacional la pavimentación del tramo carretero Huachacalla – Pisiga, de la Red Fundamental Oruro – Pisiga.
ARTICULO 2°.- El Poder Ejecutivo deberá, a la brevedad posible, tramitar los recursos necesarios para este objetivo, así como para la culminación de los estudios correspondientes.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines Constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los catorce días del mes de febrero de dos mil cinco años.
Fdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Mario Cossío Cortez, Juan Luis Choque Armijo, Gonzalo Chirveches Ledezma, Ernesto Poppe Murillo, Ernesto Suárez Sattori.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticuatro días del mes de febrero de dos mil cinco años.
FDO. CARLOS D. MESA GISBERT, José Antonio Galindo Neder, René Gómez García Palao.