La Ley N° 3016, promulgada el 12 de abril de 2005, aprueba y ratifica el "Acuerdo entre el Gobierno de Bolivia y el Gobierno de Brasil para el Permiso de Residencia, Estudio y Trabajo de Nacionales Fronterizos Brasileños y Bolivianos", firmado el 8 de julio de 2004 en Santa Cruz de la Sierra. Esta norma permite a los ciudadanos de ambos países residir, estudiar y trabajar en la zona fronteriza, facilitando la movilidad y cooperación entre las naciones. Se remite al Poder Ejecutivo para su implementación.
LEY N° 3016
LEY DE 12 DE ABRIL DE 2005
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E TA:
ARTICULO UNICO.- De conformidad con el Artículo 59°, atribución 12ª de la Constitución Política del Estado, se aprueba y ratifica el “Acuerdo entre el Gobierno de la República de Bolivia y el Gobierno de la República Federativa del Brasil para el Permiso de Residencia, Estudio y Trabajo de Nacionales Fronterizos Brasileños y Bolivianos”, suscrito en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, el 8 de julio de 2004.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintidós días del mes de marzo de dos mil cinco años.
Fdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Mario Cossío Cortez, Juan Luis Choque Armijo, Gonzalo Chirveches Ledesma, Erick Reyes Villa B., Ernesto Suárez Sattori.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de abril de dos mil cinco años.
FDO. CARLOS D. MESA GISBERT, Juan Ignacio Siles del Valle, José Antonio Galindo Neder.