La Ley N° 3025, promulgada el 13 de abril de 2005, declara el tramo Vinto – Morochata – Independencia – Sacambaya como parte de la Red Fundamental Caminera de Bolivia, conectando los Departamentos de La Paz y Cochabamba. El Poder Ejecutivo es responsable de gestionar y obtener los recursos financieros necesarios para la elaboración de estudios y la ejecución de obras de mejoramiento de este camino.
LEY N° 3025
LEY DE 13 DE ABRIL DE 2005
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E TA:
ARTICULO 1.- Declárase parte de la Red Fundamental Caminera del país, el tramo Vinto – Morochata – Independencia – Sacambaya que une los Departamentos de La Paz y Cochabamba.
ARTICULO 2°.- El Poder Ejecutivo, queda encargado de tramitar y obtener recursos financieros para la elaboración de estudios y la ejecución de obras de mejoramiento del camino, descrito en el artículo procedente.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los quince días del mes de marzo de dos mil cinco años.
Fdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Mario Cossío Cortez, Juan Luis Choque Armijo, Marcelo Aramayo Pérez, Erick Reyes Villa B., Ernesto Suárez Sattori.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los trece días del mes de abril de dos mil cinco años.
FDO. CARLOS D. MESA GISBERT, José Antonio Galindo Neder, René Gómez García Palao.