La Ley N° 3034, promulgada el 29 de abril de 2005, declara de prioridad nacional la instalación de la Red de Medición y Alerta Hidrometeorológica en la Alta Cuenca del río Bermejo, en el Departamento de Tarija. Autoriza al Poder Ejecutivo a gestionar los recursos necesarios para su implementación, conforme a los estudios de la Comisión Binacional para el Desarrollo de la Alta Cuenca del Río Bermejo y el Río Grande de Tarija.
LEY N° 3034
LEY DE 29 DE ABRIL DE 2005
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
ARTICULO 1.- Declárase de prioridad nacional la instalación de la Red de Medición y Alerta Hidrometeorológica en la Alta Cuenca del río Bermejo del Departamento de Tarija.
ARTICULO 2.- Autorízase al Poder Ejecutivo gestionar los recursos necesarios para su implementación de acuerdo a los estudios de la Comisión Binacional para el Desarrollo de la Alta Cuenca del Río Bermejo y el Río Grande de Tarija.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los doce días del mes de abril de dos mil cinco años.
Fdo. Mario Diego Justiniano Aponte Presidente en Ejercicio Honorable Senado Nacional, Mario Cossío Cortez, Juan Luis Choque Armijo, Marcelo Aramayo Pérez, Erick Reyes Villa B., Ernesto Poppe Murillo.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintinueve días del mes de abril de dos mil cinco años.
FDO. CARLOS D. MESA GISBERT, José Antonio Galindo Neder, René Gómez García Palao.