La Ley N° 3049, promulgada el 29 de abril de 2005, eleva al Hospital de Entre Ríos, en la Provincia O’Connor del Departamento de Tarija, al rango de Segundo Nivel en el área de Salud. Autoriza al Poder Ejecutivo a asignar ítemes para médicos en las especialidades de Cirugía, Ginecología, Pediatría y Anestesiología necesarios para su funcionamiento. Además, establece que el Gobierno Municipal de la Provincia O’Connor debe asignar recursos de contraparte para la implementación de esta norma.
LEY N° 3049
LEY DE 29 DE ABRIL DE 2005
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
ARTICULO 1.- Elévase al rango de Segundo Nivel en el área de Salud, al Hospital de Entre Ríos, capital de la Provincia O’Connor del Departamento de Tarija.
ARTICULO 2.- A tal efecto, autorízase al Poder Ejecutivo la asignación de ítemes para Galenos de la especialidad de Cirugía – Ginecología – Pediatría – Anestesiología que se requiere para su funcionamiento.
ARTICULO 3.- El Gobierno Municipal de la Provincia O’Connor, deberá asignar recursos de contraparte para su implementación en dicho nosocomio.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los doce días del mes de abril de dos mil cinco años.
Fdo. Mario Diego Justiniano Aponte Presidente en Ejercicio Honorable Senado Nacional, Mario Cossío Cortez, Juan Luis Choque Armijo, Marcelo Aramayo Pérez, Erick Reyes Villa B., Ernesto Poppe Murillo.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintinueve días del mes de abril de dos mil cinco años.
FDO. CARLOS D. MESA GISBERT, José Antonio Galindo Neder, Rosario Quiroga Morales.