La Ley N° 3060, promulgada el 19 de mayo de 2005, establece como prioridad nacional la implementación de un Programa de Rehabilitación Fitosanitario en el Valle Central del Departamento de Tarija, abarcando las Provincias Méndez, Avilés, Arce y Cercado, para proteger y recuperar la producción frutícola y flora nativa afectada por plagas y agentes patógenos. El Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios, en coordinación con la Prefectura de Tarija, es responsable de iniciar el programa y realizar campañas anuales de prevención, así como de gestionar recursos económicos nacionales e internacionales para su ejecución.
LEY N° 3060
LEY DE 19 DE MAYO DE 2005
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
ARTICULO 1º.- Declárase de prioridad nacional la implementación de un Programa de Rehabilitación Fitosanitario, destinado a la protección y recuperación de la producción frutícola y flora nativa afectada por agentes patógenos y plagas, en el Valle Central del Departamento de Tarija, que comprende las Provincias Méndez, Avilés, Arce y Cercado.
ARTICULO 2º.- El Ministerio de Asuntos campesinos y Agropecuarios en coordinación con la Prefectura del Departamento de Tarija, iniciarán el Programa de Rehabilitación Fitosanitaria, realizando campañas anuales de prevención de enfermedades y plagas, para lo cual quedan encargados de tramitar y obtener recursos económicos nacionales y/o internacionales para el cumplimiento del objetivo propuesto.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diecinueve días del mes de abril de dos mil cinco años.
Fdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Mario Cossío Cortez, Juan Luis Choque Armijo, Marcelo Aramayo Pérez, Erick Reyes Villa B., Ernesto Poppe Murillo.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecinueve días del mes de mayo de dos mil cinco años.
FDO. CARLOS D. MESA GISBERT, José Antonio Galindo Neder, Víctor G. Barrios Arancibia.