La Ley N° 3084 declara de importancia departamental el desarrollo de empresas competitivas en Chuquisaca, enfocándose en los sectores artesanal, manufacturero e industrial para fomentar el crecimiento económico y el empleo. El Poder Ejecutivo, a través de los Ministerios correspondientes, debe mejorar la competitividad, abrir mercados, transferir tecnología, brindar asistencia técnica y fortalecer micro y pequeñas empresas. Además, se requiere la elaboración de un estudio de competitividad, la creación de un sistema de información de mercado y la gestión de flexibilización financiera. Los Ministerios de Relaciones Exteriores y de Desarrollo Económico promoverán productos competitivos de Chuquisaca en agendas de negociación para exportaciones.
LEY N° 3084
LEY DE 23 DE JUNIO DE 2005
EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
Artículo 1º.- Se declara de importancia departamental en el marco del desarrollo nacional el desarrollo y consolidación de las empresas competitivas del Departamento de Chuquisaca en los rubros artesanales, manufactureros e industriales para generar crecimiento económico y empleo productivo. Por lo que el Poder Ejecutivo, a través de los Ministerios respectivos, deberán posibilitar que se mejore la competitividad, abrir mercados nacional e internacionales para la producción local, transferir tecnología, impulsar la asistencia técnica y potenciar la organización de las pequeñas empresas de creación y fortalecimiento de micro y pequeñas empresas.
Artículo 2.- El Poder Ejecutivo, deberá impulsar la elaboración de un estudio de competitividad, creación de un sistema de información de mercado, gestionar la flexibilización financiera para empresas.
Artículo 3.- Los Ministerios de Relaciones Exteriores y de Desarrollo Económico en el marco de la política nacional de facilitar asociaciones estratégicas para la exportación, desarrollarán acciones orientadas a la promoción de los productos competitivos del Departamento de Chuquisaca, debiendo incluir productos competitivos en Agendas de Negociación `para exportaciones.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diecinueve días del mes de mayo de dos mil cinco años.
Fdo. Mario Diego Justiniano Aponte Presidente en Ejercicio Honorable Senado Nacional, Mario Cossío Cortéz, Juan Luis Choque Armijo, Marcelo Aramayo Pérez, Erick Reyes Villa B., Ernesto Poppe Murillo.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitrés días del mes de junio de dos mil cinco años.
FDO. EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE, Iván Avilés Mantilla, Carlos Díaz Villavicencio.